El comienzo de la vida humana
¿Qué tipo de ser tenemos delante desde el momento de la fecundación? Una de las ciencias competentes para dar una respuesta es la biología. A veces se recurre a una redefinición de conceptos para negar que, cuando termina el proceso de fecundación, nos encontramos ya con un nuevo individuo de la especie humana, que está iniciando su desarrollo.
La biología reconoce actualmente que al término de la fertilización, es decir, del momento en que el espermatozoide atraviesa la corteza del óvulo (una zona conocida como membrana pelúcida) y fusiona su membrana celular con la membrana celular del óvulo, tiene lugar un complejo diálogo bioquímico entre ambos, que se manifiesta porque el conjunto apenas formado activa unos mecanismos de metabolismo, es decir, de vitalidad celular, absolutamente originales. Los más espectaculares son el sellado de la membrana de superficie, para impedir la entrada de ningún otro espermatozoide, y el completamiento de la división cromosómica del óvulo (visible al microscopio con la expulsión del llamado cuerpo polar), que hará posible que la célula resultante posea el número normal de cromosomas de la especie humana. Esto nunca lo hace el óvulo espontáneamente, ni ninguna otra célula del organismo.
Al conjunto se le puede llamar en verdad nueva célula, y recibir el nombre de zigoto, pues es una célula genéticamente distinta de las del padre y de la madre, que comienza a operar como un nuevo sistema y a hacerlo de forma unitaria, y con actividad propia desde el punto de vista de transcripción del DNA, como están poniendo de manifiesto cada vez más estudios.
En las horas y días siguientes a la constitución del zigoto, hay una continua multiplicación celular encaminada a lograr formas biológicamente más complejas. Todo el proceso, a partir de la fecundación, presenta unas características muy importantes de recordar, para comprender la afirmación de que estamos ante un nuevo ser en desarrollo:
1) la coordinación: Es una propiedad que no puede existir sin que haya unidad en un ser. El centro de control de dicha coordinación es el genoma, en donde un número grandísimo de genes reguladores asegura el tiempo exacto, el lugar preciso y la especificidad de los cambios morfológicos que deben sucederse.
2) la continuidad: Si se observa a lo largo del tiempo el desarrollo del nuevo ser, todos los cambios que se van dando proceden sin interrupciones. Los mismos que acuñaron el término preembrión para permitir la destrucción de embriones mitigando el rechazo moral, y logrando ampliar a dos semanas el tiempo de libre disposición de embriones para experimentación, los componentes del llamado Comité Warnock, reconocieron en aquel mismo documento que «una vez que el proceso ha comenzado en la fecundación, no hay ningún momento que sea más importante que otro a lo largo del posterior desarrollo; todos son parte de un proceso continuo, y si un determinado estadio no tiene lugar normalmente, es decir, en el momento justo y en la secuencia correcta, el desarrollo posterior se detiene». La propiedad de la continuidad implica y manifiesta la singularidad y unicidad del nuevo sujeto humano. A partir de la fusión de los gametos, encontramos siempre el mismo individuo humano, con su propia identidad, que se está construyendo autónomamente atravesando estadios sucesivamente más complejos cada vez.
3) la gradualidad: Quiere decir que todos los cambios que vemos en el desarrollo embrionario y fetal apuntan a lograr una forma final que es gradualmente alcanzada. Tal característica implica y exige la existencia de un principio regulador intrínseco al embrión mismo, para mantener el desarrollo constantemente orientado hacia la forma final.
4) la individualidad: Actualmente, la identidad de los miembros de una especie y la individualidad de cada miembro se determina biológicamente por el genoma, y ya no por la morfología macroscópica, como se hacía hasta el siglo pasado. Según esto, el genoma del zigoto revela la pertenencia de ese individuo a la especie homo sapiens. Y los marcadores genéticos que posee permiten afirmar que es un individuo genéticamente distinto y original, distinto de la madre y del padre de los cuales procede. Pues bien, se ha querido negar la individualidad del nuevo ser en desarrollo a partir de la experiencia de que existen gemelos, es decir, dos individuos que proceden de un solo embrión. ¿Cómo se puede afirmar –se preguntan– que el embrión es un ser individual, si al cabo de pocos días nos encontramos con que existen dos seres humanos? El error implícito en esta dificultad estriba en utilizar unos conocimientos de biología de la reproducción animal que están ya atrasados más de 80 años. Efectivamente, los mecanismos de reproducción asexual que conocemos en la naturaleza demuestran que la individualidad orgánica no es incompatible con que de una parte del organismo se pueda desarrollar otro organismo: esto es bien conocido en insectos y reptiles. Más recientemente, la clonación por transferencia nuclear ha demostrado igualmente que las partes que componen un organismo individual pueden dar origen a organismos individuales distintos. Es decir, no se ve qué problema puede haber en que de un individuo humano en estado embrionario se origine, por un mecanismo que podríamos llamar de reproducción asexual, y por causas y mecanismos que los biólogos aún desconocen, otro individuo distinto y autónomo, mientras que el primero continúa ininterrumpidamente su desarrollo conservando la propia identidad biológica y ontológica.
En definitiva, los datos biológicos, si son correctamente interpretados siguiendo un método científico, pueden contribuir a determinar cuándo un ser humano, es decir, un organismo individual de la especie humana, comienza a existir y cómo se desarrolla. De los datos esenciales sobre la formación del zigoto y sus primeras horas de vida, resulta con toda evidencia que en la fusión de los gametos comienza a ponerse en marcha como una unidad una nueva célula humana, dotada de una nueva y exclusiva estructura de información genética, que constituye la base de su desarrollo posterior. Esta información genética es la garantía de la pertenencia del zigoto a la especie humana y de su singularidad individual o identidad, que le proporciona enormes posibilidades morfogenéticas, que se realizan de modo autónomo y gradual durante el proceso epigenético rigurosamente orientado.
El embrión es una persona
Como acabamos de ver, las ciencias biológicas proporcionan los datos necesarios para responder a la pregunta sobre el momento a partir del cual el embrión humano es un individuo de la especie humana. Sin embargo, la pregunta sobre si ese individuo también es persona no es competencia de la biología, sino de la filosofía.
Ciertamente, ningún dato experimental es por sí suficiente para reconocer un alma espiritual; sin embargo, los conocimientos científicos sobre el embrión humano ofrecen una indicación preciosa para discernir racionalmente una presencia personal desde el primer surgir de la vida humana: ¿cómo un individuo humano podría no ser persona humana? Desde el momento de la fecundación se inaugura una nueva vida que no es la del padre ni la de la madre, sino la de un nuevo ser humano, que se desarrolla por sí mismo. Jamás llegará a ser humano si no lo ha sido desde entonces.
El ser humano es persona en virtud de poseer una naturaleza humana, es decir, en razón de ser un individuo vivo de la especie humana. Es persona, por lo tanto, en virtud de su naturaleza racional. Ser persona pertenece al orden ontológico: la posesión de un estatuto personal no se puede adquirir ni disminuir gradualmente, es una condición radical. La ausencia (bien por no actuación o por privación) de las propiedades o funciones que realiza la persona, como son la capacidad de relacionarse, la racionalidad, etc., no niega la existencia de la sustancia ontológica: sigue siendo persona por naturaleza, ya que la persona preexiste ontológicamente a sus cualidades. Si tuviéramos que aceptar que sólo es persona quien puede poner esas capacidades en acto, tendríamos que excluir como personas a los bebés, a los que duermen, a ciertos enfermos, a los pacientes en coma, etc.
Las funciones son «de la persona», no son «la persona»: de la posesión de algunas cualidades o de la manifestación de ciertas funciones no se« induce» la presencia de la persona, sino que, al contrario, la persona es la condición real de la posibilidad, de la existencia, y de la actuación de determinadas funciones.
Por todo esto, el fruto de la generación humana, desde el primer momento de su existencia, es decir, desde la constitución del zigoto, exige el respeto incondicionado que es moralmente debido al ser humano en su totalidad corporal y espiritual. El ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, a partir de ese mismo momento se le deben reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable de todo ser humano inocente a la vida.
El origen del concepto de persona
En buena parte, la polémica actual en torno al respeto inviolable que merece la vida del embrión está en función del uso que se hace del témino persona. Por eso es importante entender su significado.
La palabra persona tiene un origen muy antiguo. Persona era la máscara que usaban los actores para representar su papel en el teatro del antiguo mundo greco-romano. Pero ese significado ya no es el que le damos hoy. Hay que remontarse a los primeros siglos del cristianismo para entender el significado actual. Se creó el concepto de persona para hablar del misterio de la Santísima Trinidad: tres sujetos distintos que son cada uno Dios, sin que haya tres dioses. A cada uno de los Tres se le llamó Persona para significar que era Alguien subsistente y distinto de los otros Dos, aunque no son tres dioses porque la esencia divina que poseen es idéntica. Más tarde el concepto de persona sirvió también para hablar de modo filosófico riguroso acerca del misterio de Cristo, de quien decimos que es la Persona del Verbo que subsiste en dos naturalezas, humana y divina.
La aplicación del concepto de persona al ser humano tiene lugar mucho después. Lo realizó la teología Escolástica del siglo XIII. Explicaron que, hablando desde un punto de vista metafísico, persona significa lo más perfecto que se puede pensar en el orden del ser. La perfección mayor es la de ser alguien capaz de decidir sobre sí mismo, que es responsable de sus actos porque es inteligente y libre. Además esa naturaleza inteligente y libre vive del modo más perfecto que existe, que es subsistiendo, es decir, existiendo por sí mismo, y no recibiendo su ser a través de otro: no existe en razón de otro. Decir persona era, por lo tanto, decir que estamos ante un ser perfecto, único, irrepetible y que durará para siempre. Dios son tres Personas, los ángeles son personas, los hombres son personas.
Pero modernamente el concepto de persona ha entrado en crisis. Al perderse el punto de vista metafísico, de la esencia de los seres, de su naturaleza, el concepto de persona se ha vaciado de significado. Algo o alguien será persona sólo si da muestras claras de un cierto tipo de actividad. El acento ya no recae en el ser o en el modo de ser (en la naturaleza) de esa criatura, sino en una lista de fenómenos comprobables. Por ejemplo, si por persona se entiende un ser autoconsciente, que comprende su dolor, que es capaz de comunicación con otros, entonces serán personas los embriones sólo a partir de una cierta edad, y los enfermos inconscientes cuando no han superado cierto grado de coma. Y por supuesto también podrían ser personas muchas especies de mamíferos superiores, o incluso algunos ordenadores del futuro. Estas afirmaciones no son inventadas. Influyentes escritores de bioética como Peter Singer o Tristán Engelhardt las sostienen.
De ahora en adelante nosotros usaremos persona en un sentido filosófico. El significado es esencialmente el mismo de la filosofía escolástica, pero enriquecido con las grandes aportaciones de filósofos modernos. Dejando a un lado a los seres personales que no tienen cuerpo, decimos que es persona humana todo individuo vivo perteneciente a la especie humana, es decir a la especie homo sapiens sapiens, caracterizada por su peculiar biología y su naturaleza racional y libre. Así pues, encuentro una persona cada vez que tengo delante ese compuesto unitario de alma y cuerpo que es «un individuo humano vivo». Por el hecho de ser un individuo vivo perteneciente a la especie homo sapiens, merece el mismo respeto incondicional que cualquier otro miembro de esa especie. Yendo más al fondo, lo que hace a este ser material una persona es, radicalmente, el acto de ser que recibe de Dios con el alma, y gracias al cual «éste» hombre empieza a existir: una nueva persona entra en el cosmos.
Algunos aspectos pastorales y canónicos
a) Aborto y excomunión
«Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae», dice el Código de Derecho Canónico, n. 1398. Se considera aborto cualquier acción contra el ser humano que consiga su muerte, desde el momento mismo de la concepción. De todos modos, hay que distinguir entre las técnicas que producen el aborto de un embrión del que se conoce positivamente su existencia y aquellas otras donde el aborto es sólo posible («píldora del día siguiente», los DIU, etc.). Desde el punto de vista de la moralidad objetiva, es decir, dejando a un lado la responsabilidad moral subjetiva de esas personas, en ambos casos, se comete un pecado de aborto (ya que se usa un medio letal para el embrión en la duda de que ya exista), pero sólo se incurre en excomunión cuando se conoce realmente la existencia del embarazo, pues para la pena canónica, hace falta que de hecho se haya producido con certeza el delito, no basta la posibilidad. Hay circunstancias (edad menor de 18 años, ignorancia de la pena de excomunión aneja, miedo grave que anule la libertad, etc.) que excluyen esa censura.
Por lo que se refiere a la absolución de la pena de excomunión aneja al pecado de aborto, existe en el confesor la obligación de tener en cuenta las normas canónicas. Si el arrepentimiento es sincero y resulta difícil remitir el caso a la autoridad competente, a quien está reservado levantar la censura, todo confesor puede hacerlo a tenor del canon 1357 del Código de Derecho Canónico, sugiriendo la adecuada penitencia e indicando la necesidad de recurrir ante quien goza de tal facultad, ofreciéndose eventualmente el propio sacerdote para tramitarlo. El Código contempla para esos casos la conveniencia de provocar en el penitente la situación insoportable o insufrible de excomunión y, así, poder absolverle de la censura en el fuero interno.
b) Objeción de conciencia
Una ley que permite el aborto es intrínsecamente inmoral; por lo tanto un cristiano no puede obedecerla nunca; no puede ni siquiera participar en una campaña de opinión a favor de esa ley, sostenerla con su voto o colaborar en su aplicación. En tales casos, ha de presentar la llamada objeción de conciencia, debe negarse a su cumplimiento, esgrimiendo la objeción de conciencia. Es más, esa resistencia constituye un deber y un derecho fundamental, que ha de ser reconocido a los agentes sanitarios y a los responsables de las instituciones hospitalarias, de tal manera que «quien recurre a la objeción de conciencia debe estar a salvo no sólo de sanciones penales, sino también de cualquier daño en el plano legal, disciplinar, económico y profesional» (EV 74). Recordemos que los Códigos deontológicos de las profesiones sanitarias contemplan la objeción de conciencia como un deber y un derecho.
c) Ayuda a las madres con problemas
Manteniendo los principios morales en relación con el valor de la vida humana, la perspectiva cristiana no puede, sin embargo, volver la espalda a las penas y miserias que muchas veces acompañan a las personas que sufren el drama del aborto. « Toda persona de corazón, y ciertamente todo cristiano, debe estar dispuesto a hacer todo lo posible para ponerles remedio. Esta es la ley de la caridad, cuyo primer objetivo debe ser siempre instaurar la justicia. No se puede jamás aprobar el aborto, pero por encima de todo hay que combatir sus causas». Esto comporta una acción política, pero «es necesario al mismo tiempo actuar sobre las costumbres, trabajar a favor de todo lo que pueda ayudar a las familias, a las madres, a los niños».
El Papa Juan Pablo II, con palabras llenas de comprensión y de esperanza, se refiere a la ayuda pastoral que se debe ofrecer a las mujeres que han recurrido al aborto. En este sentido, los obispos católicos de todo el mundo animan a la creación de programas de servicio y asistencia para poder proporcionar a las mujeres una alternativa al aborto. Esos programas suelen incluir diversos aspectos, desde la instrucción adecuada y los medios de subsistencia material para las mujeres, hasta prestarles asesoramiento de todo tipo y posibilidades de continuar la propia formación como madres solteras.
Muchos de estos servicios son frecuentemente ofrecidos por entidades sostenidas por la Iglesia, las cuales se dedican a la salud y a los servicios sociales y solicitan la dedicación de profesionales y de voluntarios. A ellos se une la colaboración de otros grupos privados y el apoyo de la asistencia estatal, que debería ser más generosa.
Es este un problema que, además, no atañe solamente a la mujer. También Juan Pablo II ha querido recordar: «Cuánto reconocimiento merecen las mujeres que, con amor heroico por su criatura, llevan a término un embarazo derivado de la injusticia de relaciones sexuales impuestas con la fuerza; y esto (…) también en situaciones de bienestar y de paz, viciadas a menudo por una cultura de permisivismo hedonístico, en que prosperan también más fácilmente tendencias de machismo agresivo. En semejantes condiciones, la opción del aborto, que es siempre un pecado grave, antes de ser una responsabilidad de las mujeres, es un crimen imputable al hombre y a la complicidad del ambiente que lo rodea» (Carta a las mujeres, n. 5).
Terminamos con estas palabras del Papa Benedicto XVI, pronunciadas hace pocos años, cuando trabajaba al frente de la Congregación para la Doctrina de la Fe: « La Iglesia debe cumplir su misión de salvación en un mundo marcado por el pecado y la injusticia y acudirá con gran misericordia al encuentro de los hombres caídos en el pecado y arrepentidos, y también a aquellos que han participado de algún modo en un aborto y se arrepienten sinceramente. Pero para seguir siendo «luz del mundo» y« sal de la tierra, » la Iglesia no puede llamar bien al mal y mal al bien; sino que debe condenar el aborto por lo que es: la eliminación querida de un ser humano inocente e indefenso. De este modo, la Iglesia está convencida de que no sólo permanece fiel al mandamiento de Dios confirmado por Cristo, sino que también defiende el derecho a la vida de innumerables niños en el seno de su madre, denuncia a la sociedad un pecado que grita venganza delante de Dios y contribuye a la edificación de una« cultura de la vida, en la que todo hombre desde la concepción es acogido con respeto, estimado y amado, porque lleva en sí la imagen del Dios santo y vivo».
Por Miguel Ángel Monge y Juan Carlos García de Vicente
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