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Los católicos y la Pena de muerte (Parte III)


La aplicación moderna de la pena de muerte


La enseñanza católica autorizada se basa en todo lo que se ha discutido hasta el momento. Hace una distinción entre el derecho que tiene la sociedad de imponer la pena capital y la necesidad de hacerlo. Aunque no niega la legalidad legítima de la pena de muerte bajo ciertas condiciones, sí se opone a su aplicación contemporánea, dada las circunstancias particulares de nuestra cultura y los tiempos en que vivimos.

Declaraciones de conferencias episcopales


Diversas conferencias nacionales de obispos católicos defienden esta enseñanza de la Iglesia. Los obispos de los Estados Unidos y de las Filipinas, por ejemplo, cuestionan la justificación de la pena capital “de acuerdo con las circunstancias actuales”. Los obispos filipinos enfocan las tres justificaciones de la pena capital delineadas anteriormente. En primer lugar, niegan su utilidad como base para la reforma, puesto que la muerte automáticamente elimina cualquier posibilidad que tuviera el convicto de una “compensación creativa”. También ponen en duda si la amenaza de la muerte inminente debería ser la premisa principal para que la gracia de Dios actúe en el corazón de un criminal condenado. El efecto disuasivo de la pena de muerte tampoco convence a los obispos filipinos, quienes señalan que no se ha demostrado concluyentemente que se consiga ese efecto. Finalmente, los obispos, aunque afirman la legitimidad del efecto general retributivo del castigo, cuestionan si el lograr este efecto requeriría o justificaría la ejecución de un criminal. Aunque ciertamente no niegan que se debería proteger a la sociedad de los criminales, señalan que la venganza nunca puede ser la base para un enfoque cristiano respecto al castigo.

Además de escudriñar la justificación de la pena de muerte, los obispos filipinos resaltan la dificultad de lograr que se aplique con justicia. Cuando se trata de sentenciar, los datos disponibles demuestran que la condición socioeconómica de un convicto, su sexo y su raza todavía siguen siendo factores que hacen una diferencia entre la vida y la muerte. Dado que la muerte es irreversible, la ejecución de una persona convicta equivocadamente continúa siendo una posibilidad especialmente desconcertante.

Por su parte, los obispos de los Estados Unidos tratan de demostrar que la abolición de la pena capital está en consonancia con ciertos valores cristianos. Afirman que la abolición sería una forma de romper el ciclo de violencia que afecta al mundo moderno. Asimismo, la abolición reafirma la enseñanza de la Iglesia acerca “del valor y dignidad singular de cada ser humano desde el momento de la concepción, que es una criatura hecha a imagen y semejanza de Dios”, (Obispos de los Estados Unidos, “Declaración sobre la pena capital”, Origins, 27 de noviembre de 1980, p. 37). A la par de esta línea de pensamiento, los obispos filipinos ofrecen un punto de vista particularmente útil. Rechazan la clásica analogía descrita anteriormente en la que se compara la ejecución de un criminal con la remoción de un órgano enfermo. Expresan:

“Un ser humano no es solamente miembro de la sociedad como órgano, es un miembro de un cuerpo vivo. Mientras que un ser humano debe vivir para el bien de la sociedad, la sociedad existe para promover el bien del ser humano como individuo. Un ser humano es valioso por sí mismo o sí misma y no es la meta ni el propósito de la sociedad, de la misma manera como una parte o un órgano no es la meta o el propósito de un cuerpo humano (“Restoring the Death Penalty: `A Backward Step´”, CatholicInternational, 15-31 Oct. 1992, Vol. 3 Núm. 18, págs. 886-887).

Los obispos filipinos también hacen la observación de que aunque nadie debería igualar a los criminales convictos de ofensas capitales con los no nacidos, con los ancianos ni con los enfermos, la abolición, sin embargo, reafirma la ética de vida consistente que proclama la Iglesia. Finalmente, los obispos afirman que la abolición de la pena capital estaría en consonancia con la enseñanza de misericordia y el ejemplo de Jesús, quien dio su vida por los pecadores.

El Catecismo de la Iglesia Católica



El Catecismo de la Iglesia Católica publicado durante el pontificado del Papa Juan Pablo II continúa siendo una fuente definitiva de enseñanza católica autorizada reciente respecto a la pena capital (otra fuente significativa es la encíclica Evangelium Vitae). Al discutir el Quinto Mandamiento, el Catecismo considera este tema a la luz tanto del derecho a una legítima defensa como de los efectos del castigo (núms. 2263-67). Respecto al primer punto, hace una distinción entre “la legítima defensa de las personas y las sociedades” y el homicidio voluntario. La legítima defensa no es ni una excepción ni una dispensa del homicidio voluntario, sino que constituye una categoría totalmente diferente. El amor virtuoso que cada uno lleva consigo sirve como base para la moralidad. Nadie que actúe con este amor en defensa de su propia vida incurriría la culpabilidad de homicidio cuando le inflige a un agresor un golpe mortal. Además, la defensa legítima con frecuencia se extiende más allá de la propia persona. La defensa de otras vidas, el bien común y la familia no son sólo derechos, sino también deberes solemnes para quienes se les ha encomendado. “La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otros, del bien común de la familia o de la sociedad” (núm. 2265).

El Catecismo también toma en consideración los efectos del castigo al discutir el tema de la pena de muerte. Afirma que el efecto principal del castigo tiene que seguir siendo la corrección de los trastornos que causa una ofensa. En otras palabras, la restauración del orden de la sociedad es primordial. Al sugerir que el castigo podría ayudar a la expiación de un criminal que lo acepta como justo, el Catecismo reconoce más aún su valor correctivo.

Finalmente, el Catecismo especifica lo que la defensa legítima del bien común y el propósito del castigo implican respecto a la pena de muerte. Dice: “La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si ésta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto, las vidas humanas” (núm. 2267).

De una forma, el Catecismo afirma el derecho de la sociedad civil de infligir la pena de muerte. Al explicar ese derecho, sin embargo, agrega una advertencia muy importante: “Si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a estos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana” (núm. 2267).

El Papa Juan Pablo II


Además de la enseñanza de los obispos y la enseñanza catequética de la Iglesia, la autoridad papal también desempeña un papel muy instructivo en cuanto a desarrollar la enseñanza católica respecto a la pena capital. De particular importancia es Evangelium Vitae, la encíclica del Papa Juan Pablo II sobre la dignidad de la vida humana. En la encíclica, el Papa elabora mucho de lo que los obispos y el Catecismo presentan. Con ellos, el Papa reafirma la validez tanto de la defensa legítima como de los propósitos del castigo. Este último repara el mal causado por una ofensa, defiende el orden público y garantiza la seguridad pública. Cuando enfoca la cuestión de si la ejecución de un malhechor logra estas cosas, la enseñanza del Papa es bastante explícita. Escribe:

“Es evidente que, precisamente para conseguir todas estas finalidades, la medida y la calidad de la pena deben ser valoradas y decididas atentamente, sin que se deba llegar a la medida extrema de la eliminación del reo salvo en casos de absoluta necesidad, es decir, cuando la defensa de la sociedad no sea posible de otro modo. Hoy, sin embargo, gracias a la organización cada vez más adecuada de la institución penal, estos casos son ya muy raros, por no decir prácticamente inexistentes (Evangelium Vitae, 56, énfasis nuestro)”.

Juan Pablo II no niega la enseñanza tradicional respecto a la legitimidad apropiada de la pena de muerte. Tampoco niega la legitimidad del castigo, en general. Dadas las circunstancias particulares de nuestra cultura, sin embargo, se opone a su aplicación moderna. Aquí el Santo Padre clarifica aún más la distinción entre el derecho legítimo del estado de llevar a cabo una ejecución bajo ciertas circunstancias y la necesidad de ejercer ese derecho en el mundo actual. Lo que le concede al estado su derecho a ejecutar no es el grado de daño que inflige un crimen (aunque en los casos capitales un acto horrendo continúa siendo un prerrequisito), sino más bien la incapacidad de la sociedad de protegerse a sí misma por otros medios. De acuerdo con el Santo Padre, la incapacidad de la sociedad de protegerse a sí misma por cualquier otros medios es el factor determinante en la decisión de ejecutar a un criminal. Puesto que nuestra sociedad puede confinar a quienes son culpables de ofensas serias por medio de la encarcelación de por vida, el Santo Padre juzga como prácticamente inexistente la necesidad de la sociedad de usar la pena de muerte. En resumen, el ejercer la pena capital cuando no es necesaria no está en armonía con la enseñanza católica. La oposición del Papa Juan Pablo II al uso de la pena capital es, por consiguiente, un legítimo ejercicio de su liderazgo pastoral como Vicario de Cristo en la tierra.

Finalmente, la enseñanza católica respecto a la pena capital constituye una oportunidad de examinar nuestra propia actitud. Aunque tenemos que mostrar compasión por las víctimas del crimen y respaldar la legítima y justa autodefensa de la sociedad, en Cristo no tenemos la libertad de dirigir la venganza o el odio hacia cualquier persona. Esto incluye a los culpables de fechorías criminales. La caridad cristiana tiene que ser ejercida no sólo con prudencia, sino que hay que demostrarla a todos.

Rvdo. Padre Augustine Judd, O.P., S.T.L.
Fuente: La Serie Veritas “Proclamando la fe en el Tercer Milenio”, Los Caballeros de Colón presentan
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